No saber si me han puesto una multa supone perder el descuento a la hora de pagarla.
La ley de tráfico establece un procedimiento por el cual un conductor que haya infringido una norma en ella recogida, recibe su castigo.
En ese procedimiento se establece la obligatoriedad de que el conductor denunciado, ha de ser conocedor de la infracción que ha cometido. Para ello, establece un procedimiento para comunicarse con el conductor.
Esa comunicación no siempre se recibe en el momento de cometer dicha infracción, ya que a veces son recogidas por medios de captación de imágenes como cámaras o cinemómetros (radares).
Son esos casos donde puede suceder que no nos enteremos que hemos sido denunciados y por lo tanto perdamos nuestras opciones de defendernos ante esa acusación o, en caso de que seamos conocedores que hemos cometido la infracción, aceptemos nuestro castigo. Eso sí, con un suculento 50% de descuento por pronto pago.
Para ambas opciones disponemos, según ese procedimiento, de 20 días naturales. Pero claro, si no sé si me han puesto una denuncia, el tiempo puede agotarse sin haber ejercido mis derechos.
El método por el que la DGT se pone en contacto con un conductor es, por este orden:
- Mi dirección electrónica vial (DEV),
- Mi domicilio.
- Tablón edictal de sanciones de tráfico (TESTRA). Es aquí donde las aseguradoras buscan mis multas si tengo ese servicio contratado.
Aquí os dejo un video donde lo explicamos más detalladamente. Por cierto, cuidado que llueven tortas….